Mostrando entradas con la etiqueta deudas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta deudas. Mostrar todas las entradas

lunes, 22 de agosto de 2011

reunificación de deudas




martes, 12 de julio de 2011

Consejos a la hora de acudir a un intermediario financiero.

La figura del intermediario financiero puede resultarnos muy útil a la hora de solucionar problemas económicos, sobre todo en lo referente a la negociación o contratación de diversos productos, tanto de activo(hipotecas, préstamos, pólizas, líneas de descuento etc) como de pasivo (planes de pensiones, fondos, depósitos). Pero debido al espectacular crecimiento de mal llamados brokers durante los años de la burbuja inmobiliaria, esta figura ha sido bastante denigrada. Hoy esto esta cambiando, en primer lugar porque la mayoría de los que surgieron han desaparecido por su propia falta de profesionalidad, poca presencia en los mercados bancarios, etc. En segundo lugar se ha desarrollado una reglamentación supervisada por el Instituto Nacional de consumo para regular la actuación y profesionalidad de estas empresas. Así pues a la hora de contratar sus servicios es aconsejable tener en cuenta los siguientes puntos:

- Solicitar su número de inscripción en el Registro Estatal de empresas autorizadas a la intermediación en la contratación de préstamos , hipotecas y créditos. Solo aquellas empresas inscritas reúnen los requisitos de profesionalidad, transparencia y legalidad.
- Solicitar tarifas de precios. Desconfiar de todas aquellas empresas que no tengan sus tarifas publicadas en su web o tablón de anuncios. Si le dicen que ira en función de cómo salga la operación, tasación etc. Pida que le den un precio máximo.
- No adelantar ningún dinero. El estudio, aprobación y oferta de condiciones tiene que ser enteramente gratuito, en el caso de operaciones hipotecarias únicamente se debe aceptar adelantar el dinero de la tasación y para esto debemos tener la seguridad de que la operación está aprobada y ser informados de los condicionantes.
- Si le ofrecen firmar una operación de capital privado es importante asegurarse que no existe otra posibilidad, ya que existen entidades financieras que aceptan hipotecas

jueves, 14 de octubre de 2010

Leaseback: ¿Es una opción?

Este producto está dirigido a empresas que posean instalaciones y que estén siendo explotadas por el titular. La operación se realiza sobre el 55% a 60% del V.T. El importe mínimodel inmueble debe ser de 300.000 € y el máximo de 1.500.000.-€. y el interés oscila entre el 8% al 10% anual, con pagos mensuales, bimensuales ó trimestrales.
Son condiciones duras, pero pueden ser una solución para empresas y comercios rentables que estan pasando una mala racha pero pueden remontar.